En este momento el feminismo jurídico debe responder a cuestiones diferentes a aquellas que afrontaba en el siglo pasado. Si antes preocupa saber en qué medida la igualdad formal era un instrumento suficiente o no para avanzar en la ciudadanía de las mujeres y superar la discriminación social existente, analizando sobre todo la parcialidad y la masculinidad de las categorías jurídicas, hoy las cuestiones a resolver son: qué modelo de representación y de participación política exige la democracia paritaria, qué cambios estructurales es preciso realizar en el sistema jurídico para integrar la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cómo erradicar la violencia de género, qué políticas públicas hay que desarrollar para convertir los derechos económicos y sociales en aliados de la igualdad y la dignidad de las mujeres, qué modelo de empresa y qué modelo de constitucionalismo puede ofrecer una respuesta óptima a todas estas cuestiones.
Categoría: Sección de Feminismo Página 6 de 8
Coordinación: Socorro Robles Vizcaíno
Colaboración: Maribel Lázaro Durán, Conchita Fernández-Píñar Lorca, Ana Jeréz, Ana Molino, Margarita Birriel, Julia García Leal, Mª Angustias García Valdecasas, Mª Eugenia Fernández Fraile, Francisca Barrionuevo Arévalo.
A lo largo de la historia, quienes han sido considerados diferentes han sido objeto de uso y abuso. Razas, sexos, orientaciones sexuales, especies… todas estas categorías han servido de base para oprimir y dominar a individuos vistos como el Otro.
El feminicidio es una noción teórico jurídica que se desarrolla durante la década de los noventa en varios países latinoamericanos como Costa Rica o México. Su uso se expande a lo largo del continente americano en los círculos de militancia feminista que manifiestan la necesaria consideración del feminicidio como un tipo de crimen específico y estructural.